Real Estate and Town Planning

Notas Jurídicas

El Decreto Ley 2/2020, de 9 de marzo, (Junta de Andalucía) de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva andaluza facilita la flexibilización del procedimiento para la obtención de la icencia de primera ocupación, al autorizar la solicitud de licencia de primera ocupación con una declaración responsable, siempre que su destino sea conforme con la normativa de aplicación y con la licencia de obras concedida. Asimismo, se agiliza el procedimiento de aprobación de instrumentos de planeamiento, flexibilizando también el trámite cuando se trata de la implantación de una infraestructura hidráulica, energética y de aprovechamiento.

Juan Antonio Rodríguez.

La reciente normativa relacionada con el COVID-19 ha atendido de un modo parcial a la situación de los arrendamientos de inmuebles de vivienda sometidos a la LAU.

Las medidas se refieren exclusivamente a supuestos de arrendatarios que se encuentren en una situación de vulnerabilidad social o económica sobrevenida como consecuencia de los efectos de la expansión del COVID-19: a) procedimiento de desahucio por falta de pago, con la suspensión del mismo por un plazo máximo concreto; b) arrendamientos en vigor cuya prórroga se extinga en el período comprendido entre la declaración del estado de alarma y los 2 meses siguientes a la finalización de la misma, contemplando la posibilidad de que el arrendatario pida una prórroga extraordinaria de seis meses de duración; c) arrendamientos en los que el arrendador es empresa, ente público o gran tenedor, con la posibilidad de que el arrendatario solicite una moratoria o una reducción de rentas del 50 %.

Ignacio Gallego

Conforme a lo dispuesto por las normas excepcionales aprobadas por el Gobierno, resultará esencial el asesoramiento jurídico para solicitar y obtener una moratoria hipotecaria por parte de personas físicas en situación vulnerable respecto a su vivienda habitual, así como a sus fiadores y avalistas. También puede gestionarse el trámite en favor de empresarios y profesionales que tengan un préstamo garantizado con hipoteca para la adquisición de inmuebles afectos a su actividad económica, así como respecto a propietarios (deudores hipotecarios) de viviendas no habituales arrendadas que hayan dejado de percibir rentas con ocasión del COVID-19 o deje de percibirla hasta un mes después de la finalización del mismo.

Javier Gutiérrez

Cuando el Real Decreto 463/2020 establece la suspensión de plazos de prescripción y caducidad de cualesquiera acciones y derechos, mientras dure el estado de alarma, tal suspensión no puede afectar a los plazos notarial deberá otorgarse esta en los plazos fijados incluso dentro del periodo de alarma. Cuando se haga depender el otorgamiento de la libertad de cargas de la finca, al quedar en suspenso los plazos de caducidad de las anotaciones preventivas que se hubieren practicado sobre ella, habrá que estar a la situación de vigencia de estas al tiempo de cesar el estado de alarma decretado.

Felipe Martínez del Mármol

Como consecuencia del decretado estado de alarma, muchos contratos celebrados con anterioridad al mismo devienen de imposible cumplimiento. Más específicamente, en relación con los contratos de viajes combinados, se permite al consumidor desistir del contrato y exigir la devolución de lo anticipado. Resulta de interés señalar que si el proveedor del viaje es insolvente, y el pago se financió mediante préstamo vinculado, podrá el consumidor solicitar la resolución del préstamo quedando liberado de sus cuotas.

Alberto Mora

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