Insurance

Nuestra práctica de seguros y reaseguros se centra en tres grandes segmentos:

Asesoramiento en contratos, ordenación y supervisión: Martinez Echevarría asesora en la redacción de condicionados así como en la adaptación de pólizas al derecho español. También damos apoyo a nuestros clientes en aquellos aspectos regulatorios que sea necesario (constitución de sociedades o corredurías, distribución de seguros, cumplimiento de condiciones en FOS, etc).

Asesoramiento y due diligence sobre coberturas y asistencia legal. Aunque no exista una controversia sobre el alcance de la cobertura, es conveniente determinar que el aseguramiento contratado  o las pólizas de proveedores son adecuadas. Igualmente, asesoramos a nuestros clientes ante la ocurrencia de siniestros mediante asesoramiento en la preservación de pruebas, adecuación de pericias a posibles reclamaciones, asistencia en vía penal o administrativa (inspección de trabajo, etc). Igualmente, prestamos asistencia a aseguradores y reaseguradores en el seguimiento y control de sus siniestros en España, mediante monitorización o seguimiento de los mismos.

Actividad pre-contenciosa y contenciosa. Los abogados de nuestro despacho tienen experiencia en riesgos industriales (incendios de fábricas, construcción (CAR), avería de maquinaria diversa como turbinas de vapor, aerogeneradores y cobertura de interrupción de negocio), responsabilidad civil general y especializada (D&O, Errores y Omisiones, RC profesional, Prácticas de Empleo), Responsabilidad de Producto incluyendo asistencia y asesoramiento en retirada de productos y en daños personales ocasionados por siniestros diversos. Martínez Echevarría Abogados dispone de abogados especialistas en todos los órdenes jurisdiccionales, asegurando la mejor defensa de nuestros clientes ante los Tribunales o en procedimientos arbitrales, incluyendo recuperaciones subrogatorias.

Notas Jurídicas

En los contratos de compraventa de inmuebles en los que se haya pactado término convencional para realizar la entrega, no queda afectado este por la suspensión de plazos de prescripción y caducidad ordenada por el Real Decreto 463/2020 y su incumplimiento generará la responsabilidad que corresponda, ejercitable al tiempo de reanudación de los plazos procesales.

Cuando la entrega se haya pactado en forma de otorgamiento de escritura civiles convencionales fijados en contratos vigentes, tal y como lo acredita igualmente el Consejo General del Notariado en su Circular nº 2/2020, de 18 de marzo. En consecuencia, salvo pacto expreso en contrario, el plazo convencional que se fijase para el ejercicio de la opción de compra no se ve alterado por la mencionada suspensión, por lo que queda protegido el derecho del concedente de la opción y en caso de no ejercitarse la opción en plazo podrá adquirir las cantidades depositadas en garantía.

Javier Gutiérrez

Son numerosos los sanitarios que han trabajado con medios de protección insuficientes, con el consiguiente riesgo para su salud y la de los pacientes a los que trataban. En caso de que hayan surgido daños concretos por complicaciones derivadas de la ausencia de la debida asepsia, el perjudicado (o sus familiares en caso de fallecimiento) puede reclamar el daño frente al centro hospitalario, en el plazo de un año, una vez se determine el mismo.

Alberto Mora

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